lunes, 19 de abril de 2010

Enrique Angelelli

Enrique Angelelli

Enrique Ángel Angelelli (17 de junio de 1923 – †4 de agosto de 1976) fue un obispo de la Iglesia Católica Romana de Argentina, asesinado durante el autodenominado Proceso de Reorganización Nacional por sus luchas sociales.

Angelelli, hijo de italianos inmigrantes, nace en la ciudad de Córdoba. Entra al Seminario de Ntra. Sra. de Loreto a los 15 años de edad. Termina sus estudios en Roma. Es ordenado presbístero allí, el 9 de octubre de 1949, retornando a Córdoba.

Comienza en una Parroquia, fundando un movimiento juvenil y visitando las villas miseria de Córdoba.

Enfocó su trabajo Pastoral en las condiciones inhumanas de los pobres. El Papa Juan XXIII lo nombra Obispo Auxiliar de la Arquidiócesis de Córdoba el 12 de diciembre de 1960. Se involucró en los conflictos laborales gremiales, y trabajó con otros sacerdotes para reconquistar un lugar para la Iglesia, causando que fuese resistido por el conservadurismo eclesial. En 1964 fue removido de su puesto. Pero al mismo tiempo, parte a Roma y se suma al Concilio Vaticano Segundo.

Posición de la Iglesia Católica

Después de la muerte de Angelelli, la Iglesia Católica oficialmente aceptó la "historia del accidente automovilístico", aunque oficiosamente algunos de sus miembros (mencionados abajo) hablaron en contra. L'Osservatore Romano reportó esa muerte como "un extraño accidente". El Cardenal Juan Carlos Aramburu negó que fuese un crimen. Diez años más tarde, aún después que la sentencia pasó por el juzgado del Juez Morales en la ciudad de La Rioja, la jerarquía de la Iglesia continuó evitando hacer referencia al asesinato. En el 2001, una declaración emitida por la Conferencia Episcopal Argentina estableció que "la muerte lo encontró mientras completaba una ardua misión, acompañando a la comunidad herida por las muertes de sus pastores"

lunes, 22 de marzo de 2010


comparativa de los precios de venta de la vivienda usada que ofrecen los portales inmobiliarios (1) y de los datos de valores de tasación (2) (muy similares a los ofrecidos por el ministerio de vivienda):

Datos normalizados respecto a 2001 y corregidos por inflación.

Peligro potencialEl delegado de Ausbanc en Jaén, Pablo Pérez, considera que por el momento los jienenses que adquirieron su casa en los años del 'boom' no deben estar preocupados, pero sí advierte de un «peligro potencial» si finalmente se confirman los pronósticos que indican una caída del 20 por ciento en el próximo bienio. ¿Quiénes se podrían ver más perjudicados? Todos los compradores tienen cierto grado de exposición, aunque los que más papeletas tienen son los que adquirieron entre 2002 y 2005, un periodo en el que se registraron las subidas más importantes y en el que también se inflaron más las tasaciones (los bajos tipos facilitaban entonces la asunción de cargas financieras). En ese trienio se computaron unas 29.000 transacciones, una cifra que nos aproximaría bastante al número de posibles afectados por la aplicación de una medida que ya se recoge en la actual legislación, con veinte años de vigencia, pero que jamás se había llevado a efecto. A partir de 2005 las cosas empezaron a cambiar, ya que el Banco de España exigió a los intermediarios que aquilatarán mucho mejor las cantidades que daban a sus clientes para que éstos pudieran acceder a un piso.Pablo Pérez considera que «estamos ante un tema bastante delicado, ya que se le están dando armas a los bancos frente a los consumidores, lo que acarrea mayores desequilibrios». Y es que en el hipotético caso de que se alcanzara esa desvalorización del 20 por ciento, los acreedores podrían hacer efectiva la cláusula de vencimiento anticipado del crédito (esta posibilidad ya figura en la letra pequeña de los contratos), lo que obligaría al deudor a liquidar tanto el capital como los intereses pendientes, un auténtico problema si tenemos en cuenta que los niveles de endeudamiento familiar se hallan en estos momentos en máximos históricos. El riesgo a no poder responder se vería compensado con esos otros avales, que en la mayor parte de los casos corresponderían a elementos patrimoniales de los progenitores (a no ser que el susodicho pueda cubrirse las espaldas con otras propiedades como una segunda residencia o una finca agrícola). En cualquier caso, los expertos subrayan que las entidades ni necesitan este seguro ni precisan ejecutarlo mientras que se estén abonando las cuotas religiosamente. Además, no hay que olvidar que estamos hablando de personas que están devolviendo el dinero prestado y que los importes podrían estar, por tanto, por debajo del valor de la nueva tasación.

lunes, 8 de febrero de 2010

El Papa2 es el obispo de Roma por lo que, como tal, se le considera la cabeza visible de la Iglesia católica, cabeza del Colegio episcopal y el jefe de Estado y soberano del Estado de la Ciudad del Vaticano. El actual Papa (electo el 19 de abril de 2005) es el antes cardenal alemán Joseph Ratzinger, que escogió el nombre de Benedicto XVI.

Al Papa también se le conoce como Obispo de Roma, Vicario de Cristo, Sucesor de Pedro, Santo Padre, Sumo Pontífice y Siervo de los siervos de Dios. A nivel internacional, el Papa recibe el trato de jefe de Estado y el tratamiento honorífico y protocolario de Su Santidad (abreviado S. S.). Igualmente, es el representante por excelencia de la Santa Sede, la cual tiene personalidad jurídica propia, canónica3 e internacional.

Conforme a la tradición católica, el papado tiene su origen en el apóstol de Jesús: San Pedro, quién fuera constituido como primer papa y a quién se le otorgó la dirección de la Iglesia y primado Apostólico. Hasta el pontífice presente, la Iglesia católica enumera una lista de 265 papas en los dos milenios de historia de dicha institución. Cabe destacar que, con relación a la primacía de Pedro, como la sucesión papal y hasta el papado mismo, no hay argumentos suficientes para considerarse como verdaderos o se interpretan bajo sentidos diversos al sentir católico.4 5 6 7 8

Como jefe supremo de la Iglesia tiene las facultades de cualquier obispo, y además aquellas exclusivas inherentes a la cátedra petrina, entre ellas: la declaración universal de santidad (canonización), elección de cardenales y la potestad de declarar dogmas o declaración ex cathedra. Ésta última es una de la más controvertidas por implicar la llamada infalibilidad papal, por la cual, conforme a la teología católica, el Pontífice está exento de cometer errores al momento de promulgar una enseñanza dogmática en materia de fe y moral.


Popularmente se cree que PAPA (abreviado P.10 ó PP.11 ) es un acrónimo del latín Petri Apóstoli Potestatem Accipiens: ‘el que sucede al apóstol Pedro’. Sin embargo, en el latín clásico significaba ‘tutor’ o ‘padre’; dicho término proviene a su vez del griego πάππας (páppas), que significa ‘padre’ o ‘papá’, término usado desde el siglo III para referirse a los obispos en el Asia Menor y desde el siglo XI exclusivo del Romano Pontífice.1213

Durante los primeros siglos de la historia del cristianismo, la expresión Papa se usaba para dirigirse o referirse a los obispos, en especial a los metropolitas u obispos de diócesis mayores en extensión o importancia. Así, Cipriano de Cartago, por ejemplo, es llamado papa (cf. Epist. 8, 23, 30 etc.). La primera vez que se tiene constancia del empleo de esta expresión para el obispo de Roma es en una carta de Siricio (cf. Carta VI en PL 13, 1164), a fines del siglo IV. Sin embargo, seguía utilizándose indistintamente para otros obispos. Hay que esperar a Gregorio VII para un uso ya exclusivo del obispo de Roma.